Programa «Jóvenes» del Ministerio de Empleo y Seguridad Social

BOEBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221 Sábado 14 de septiembre de 2013 / Sec. III. Pág. 70157
III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

9572 Orden ESS/1650/2013, de 12 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca para 2013 la concesión de subvenciones destinadas al programa de Jóvenes de la Dirección General de Migraciones.

La Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, promulgada en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 42 de la Constitución Española, configura el marco jurídico que garantiza a los españoles del exterior el ejercicio de sus derechos y deberes constitucionales en términos de igualdad con los españoles residentes en España.

El artículo 8 del Real Decreto 343/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, establece que le corresponde a la Secretaría General de Inmigración y Emigración desarrollar la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración.

Para el desarrollo de esta política, el artículo 9 del Real Decreto 343/2012, de 10 de febrero, asigna a la Dirección General de Migraciones, órgano directivo dependiente de esa Secretaría General, entre otras funciones, la gestión de los programas de subvenciones y ayudas destinados a los españoles en el exterior y retornados, a cuyo fin los Presupuestos Generales del Estado consignarán cada año los oportunos créditos.

En la presente orden ministerial se regula el programa de subvenciones de jóvenes que se somete a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tratando de adecuar su contenido al Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior y a las necesidades de los españoles que viven en el exterior, así como al contexto actual de estabilidad presupuestaria.

El programa de Jóvenes subvencionará iniciativas destinadas a favorecer la integración social y laboral de los jóvenes españoles residentes en el exterior mediante actuaciones específicas que les permitan continuar con su formación en el exterior o, en su caso, el aprovechamiento de su experiencia para el retorno a España.

Por otra parte, y de acuerdo con lo dispuesto en la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, los contenidos de las ayudas contempladas en la presente Orden se deben ajustar a criterios de eficacia en el cumplimiento de los objetivos de los distintos programas de ayudas y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos para el logro de dichos objetivos, con un respeto escrupuloso a los principios de publicidad, transparencia y concurrencia, así como también a los de igualdad y no discriminación, que deben regir la actividad subvencionadora de la Administración.

La orden ministerial, de acuerdo con la habilitación prevista en el artículo 23.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, además de establecer la regulación del programa, incluye la convocatoria de las ayudas para el año 2013. Esta excepcionalidad está justificada por las propias circunstancias del empleo de los jóvenes en España, que han motivado la elaboración por parte del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013/2016 y el incremento de su movilidad en el entorno internacional que aconsejan una intervención en los países de destino en el presente ejercicio. Igualmente, el momento del ejercicio presupuestario en el que se publica la Orden determina su publicación conjunta con la convocatoria para reducir los tiempos necesarios de tramitación.

La orden ha sido informada por el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior.

El artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, dispone que los ministros establecerán las oportunas bases reguladoras para la concesión de subvenciones.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67.4 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Dirección General del Estado, la presente orden ha sido aprobada por el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.

En el proceso de elaboración de esta orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ha emitido informe la Abogacía del Estado en el Departamento y la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el Departamento. […]

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